1.12.11

Diputados aprobó la ley de muerte digna

El proyecto recibió 142 votos a favor y 6 en contra. Estipula

una modificación de la ley que regula la relación entre

paciente y médico para permitir que un enfermo terminal

rechace que su vida sea prolongada "artificialmente".

El proyecto de ley que autoriza la denominada 'muerte digna'

fue aprobado por amplia mayoría en la Cámara de Diputados

y ahora deberá ser debatido en el Senado en el 2012.

El proyecto, con dictamen de las comisiones de Salud,

Derechos Humanos y Legislación General, que vio luz verde

el miércoles establece el consentimiento informado para que

el paciente pueda elegir a qué prácticas quiere someterse

y a cuáles no. Según el texto, votado por 142 diputados a favor

y 6 en contra, el paciente: "Tiene derecho a aceptar o rechazar

determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos,

con o sin expresión de causa, como así también a revocar

posteriormente su manifestación de la voluntad".

Además, establece: "El paciente que presente una enfermedad

irreversible, incurable o se encuentre en estado terminal o haya

sufrido lesiones que lo coloquen en igual situación, informado de

forma fehaciente, tiene el derecho de manifestar su voluntad en

cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de hidratación

y alimentación".


En el supuesto de incapacidad del paciente a brindar el

consentimiento informado a causa de su estado físico "podrá

ser dado por las personas mencionadas en el artículo de la

ley 24.193" de donación de órganos. Esa norma plantea que,

en caso de que el enfermo no esté en condiciones de decidir

por él mismo, quiénes podrán decidir sobre la vida del paciente

son el cónyuge no divorciado que convivía con el enfermo,

su pareja si hace más de tres años que están juntos, los

padres, los hijos, hermanos y nietos mayores de 18 años

y demás parientes hasta segundo grado.

Por último, la iniciativa establece que ningún profesional

interviniente que haya obrado de acuerdo a las disposiciones

de la ley, está sujeto a responsabilidad civil, penal ni administrativa.