3.6.10

LA JUSTICIA Y UNA MEDIDA CAUTELAR POR EL AGUA

La Justicia en un fallo respecto a un planteo de algunas familias albertinas por el agua de red que no estaría en condiciones de ser tomada ha dictado una medida cautelar a efectos de que en tanto no se aclare definitivamente el asunto o se solucione lo del agua, se provea de agua segura a a los menores del distrito y a las familias demandantes.



Parte pertinente del fallo que aparece en www.alberti-virtual.com.ar
IV) Hacer lugar a la medida cautelar peticionada en atención a los fundamentos expuestos ordenando a la Municipalidad de Alberti para que en el plazo de 72 horas de notificada la presente, suministre a la Sra. Marta Solari, Nicolás Bibini, Adriana Padula, Sergio Emanuel Pagano, Oscar Alfredo Di Vicensi, Héctor Ismael Delgado, sus hijos Daiana y Solange Delgado; María Soledad Durante y sus hijos María y Paula Kachoroski, como así también a todos los establecimientos educativos de esa Ciudad a los que asistan niños y/o jóvenes menores de 18 años de edad; agua potable bajo la modalidad que considere pertinente, que se adecue a las características físicas, químicas y microbiologicas, en especial en relación al contenido de arsenico establecido en la norma del art. 982 del Código Alimentario Argentino.-
Asimismo en el marco de la misma medida, dispónese la prohibición del consumo de agua de la red domiciliaria por parte de los alumnos de los establecimientos educativos mencionados.-
Ambas medidas se cumplirán hasta tanto se dicte sentencia definitiva.-
Todo ello bajo responsabilidad de los peticionantes y previa caución juratoria que deberán prestar en legal forma ante el Actuario.-
5) Asimismo en la audiencia señalada, se dará vista del informe circunstanciado a los actores y se recibirán sus observaciones en su caso. Asimismo se invitará a las partes a encontrar alguna forma de solución del conflicto. En su caso se proveeran las pruebas pertinentes.-
Regístrese, notifíquese con habilitación de día y hora mediante el diligenciamiento a cargo de los interesados y en el domicilio denunciado, como así también al Sr. Presidente del Consejo Escolarde la ciudad de Alberti, quién lo hará saber a los distintos directivos de los establecimientos educativos de dicha ciudad.
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